Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

DEMANDA DE AMPARO, TERMINO PARA LA PRESENTACION DE LA, EN MATERIA PENAL.

Clave: — · Registro digital (IUS): 253039 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 97-102, Sexta Parte; Pág. 80

Si el ahora quejoso se conformó con la sentencia de primer grado que declaró comprobado el cuerpo del delito y su responsabilidad criminal, y ese fallo fue modificado a virtud de la apelación interpuesta por el Ministerio Público en cuanto al monto de la reparación del daño, y así, mediante la acción constitucional únicamente puede impugnar dicha reparación, el caso no queda comprendido dentro de la regla de excepción que establece el artículo 22 de la Ley de Amparo y, por ende, el término para promover el juicio de garantías es el de quince días que señala el artículo 21 de la propia ley.

TRIBUNAL COLEGIADO DEL NOVENO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/253039-a7a7c209/demanda-de-amparo-termino-para-la-presentacion-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 137/77. Javier Galván García. 31 de marzo de 1977. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Chan Vargas. Secretaria: Graciela Guadalupe Alejo Luna. Nota: En el Informe de 1977, la tesis aparece bajo el rubro "DEMANDA DE AMPARO, TERMINO PARA LA PRESENTACION DE LA.".

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis