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FORMAL PRISION, LEGALIDAD DEL AUTO DE, AUN CUANDO EXISTA UNA SENTENCIA CONDENATORIA PRONUNCIADA EN CONTRA DE OTRA PERSONA POR EL MISMO DELITO ATRIBUIDO AL INCULPADO.

Clave: — · Registro digital (IUS): 253436 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 91-96, Sexta Parte; Pág. 97

Los principios que rigen el derecho penal no tienden a que mediante el proceso se establezca una verdad formal, sino la que existe en realidad, esto es verdad histórica; por ello es que si bien de conformidad con el artículo 23 constitucional nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo delito, en cambio sí se puede en derecho, por el mismo delito, juzgar a una persona diversa de la que ya fue juzgada; y aunque ello aparentemente pugna con la lógica, no hay tal discrepancia, porque después de haber sido condenada una persona por la comisión de un evento delictivo, pueden existir pruebas que con fecha posterior conduzcan a establecer la verdadera culpabilidad de un sujeto distinto al ya sentenciado, para lo cual es menester se siga un proceso legal en contra del nuevo sujeto, lo que a la postre, si éste resultara el verdadero responsable, redundaría en favor del primeramente condenado, quien podría obtener el indulto necesario y otro beneficio; y tales propósitos jamás podrían conseguirse si la sentencia condenatoria fuera el obstáculo jurídico que evitara investigar la verdad histórica.

TRIBUNAL COLEGIADO DEL NOVENO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/253436-da46923c/formal-prision-legalidad-del-auto-de-aun-cuando · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo en revisión 350/76. Eduardo Avila Obregón. 26 de agosto de 1976. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Arizpe Narro. Secretario: Pedro Elías Soto Lara. Nota: En el Informe de 1976, la tesis aparece bajo el rubro "AUTO DE FORMAL PRISION, LEGALIDAD DEL, AUN CUANDO EXISTE UNA SENTENCIA CONDENATORIA PRONUNCIADA EN CONTRA DE OTRA PERSONA POR EL MISMO DELITO ATRIBUIDO AL INCULPADO.".

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