TERMINOS EN EL JUICIO DE AMPARO, COMPUTO DE LOS.
El Código Federal de Procedimientos Civiles no es de aplicación supletoria, en cuanto al cómputo de los términos procesales en el juicio de garantías, porque de conformidad con el artículo 2o. de la Ley de Amparo, este juicio se sustanciará y decidirá con arreglo a las formas y procedimientos que determina esta ley; y que, a falta de disposición expresa, se estará a las prevenciones de aquel código. En la especie, la Ley de Amparo sí prevé el caso, expresamente, en el artículo 24.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/253591-9886e7b3/terminos-en-el-juicio-de-amparo-computo-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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