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Modo: Corpus Pro

TESTIGOS, SU PRESENTACION EN MAYOR NUMERO DEL PERMITIDO POR LA LEY NO ES MOTIVO PARA DESECHAR LA PRUEBA DE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 254013 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 86, Sexta Parte; Pág. 99

Si bien la fracción II del artículo 767 de la Ley Federal del Trabajo establece que en la recepción de la prueba testimonial no podrán presentarse más de cinco testigos por cada hecho que se pretenda probar la contravención a esa disposición, es decir, el ofrecimiento o presentación de un mayor número de testigos a esa cantidad, no debe ser motivo para desechar la prueba, sino solamente para limitar su número a la cantidad legalmente permitida.

TRIBUNAL COLEGIADO DEL NOVENO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/254013-c2d7786b/testigos-su-presentacion-en-mayor-numero-del-permitido · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 600/75. Manuel Pérez Ramírez. 13 de febrero de 1976. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Chan Vargas.

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