Corpus
Modo: Corpus Pro

PRUEBA PERICIAL. NO LA CONSTITUYEN LAS ACTAS LEVANTADAS POR INSPECTORES DE TRABAJO.

Clave: — · Registro digital (IUS): 254481 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 79, Sexta Parte; Pág. 66

Si la Junta de Conciliación y Arbitraje otorga valor de prueba pericial a las actas que fueron ofrecidas en el juicio laboral como prueba documental pública, actas levantadas por el inspector de trabajo, ante cuya presencia comparecieron técnicos en materia de construcción, dándose a los comparecientes la calidad de peritos, el valor otorgado debe considerarse indebido e ilegal, pues los peritajes deben ofrecerse y rendirse en los términos previstos en las fracciones VIII del artículo 760 y I, II y III del artículo 768 de la nueva Ley Federal del Trabajo.

TRIBUNAL COLEGIADO DEL OCTAVO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/254481-ad7cc755/prueba-pericial-no-la-constituyen-las-actas-levantadas · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 240/75. Anastasio Jacobo Perea y coagraviados. 25 de julio de 1975. Unanimidad de votos. Ponente: Guillermo Velasco Félix.

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