ESTUPRO. PRESCRIPCION DEL TERMINO PARA FORMULAR LA QUERELLA.
Tratándose del delito de estupro, que afecta, por su íntima naturaleza, no sólo la seguridad sexual de la víctima, sino, también, de manera grave, el núcleo familiar a que pertenece, el término de prescripción para formular la querella correspondiente, está determinado por el conocimiento que haya tenido la madre de la menor ofendida, respecto de los hechos investigados; pues de otra suerte, quien representa legalmente a la propia menor, vería disminuido el período dentro del cual debe ejercitar su derecho y esto carece de fundamento.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL CUARTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/255158-b1026e7b/estupro-prescripcion-del-termino-para-formular-la-querella · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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