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Modo: Corpus Pro

EXPORTACION ILEGAL DE ESTUPEFACIENTES, COMO DELITO AUTONOMO CONTRA LA SALUD.

Clave: — · Registro digital (IUS): 255333 · Tipo: Tesis aislada
Época: 7a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 7a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Volumen 69, Sexta Parte; Pág. 32

A juicio de este tribunal, la exportación ilegal de enervantes, prevista en el artículo 197 del Código Penal Federal, si bien configura delito contra la salud, al igual que las diversas modalidades del ilícito que se ubican en el artículo 195, fracción II, del mismo ordenamiento, constituye dicha exportación un subtipo independiente y específico del delito, que se integra con elementos propios, pues ese y no otra debe entenderse la intención del legislador al encuadrarla en un precepto distinto y asignarle penalidad diversa, de mayor gravedad que la fijada a las modalidades que forman parte del citado artículo 195, fracción II.

TRIBUNAL COLEGIADO DEL OCTAVO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/255333-2cfce8ec/exportacion-ilegal-de-estupefacientes-como-delito-autonomo-contra · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Toca 345/74. Gilberto Flores Lara. 20 de septiembre de 1974. Unanimidad de votos. Ponente: Enrique Arizpe Narro. Nota: En el Informe de 1974, la tesis aparece bajo el rubro "DELITO CONTRA LA SALUD. EXPORTACION ILEGAL DE ENERVANTES.".

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