DICTAMENES. PROCEDENCIA DEL AMPARO.
Si una primera autoridad tiene funciones de órgano de consulta, pero su opinión o dictamen es requisito formal previo para que una segunda autoridad competente dicte la resolución definitiva, es claro que si al dictar esa primera autoridad su opinión o dictamen lo hace en forma de resolución, de manera que en ésta se declara la improcedencia de lo solicitado por la parte quejosa, sin mandar ya turnar su petición a la segunda autoridad competente, sino dando definitividad a lo resuelto, su resolución sí viene a parar a la quejosa un perjuicio en cuanto obstaculiza en forma definitiva y per se, la obtención de lo solicitado, y en tales condiciones debe estimarse que sí se puede tratar como un acto de autoridad, para los efectos del amparo. Pues aunque la quejosa podría optar por acudir a la segunda autoridad, para que exigiese de la primera el dictamen, con carácter de tal, cuando la primera autoridad se arrogó el decir por sí y ante sí el derecho, también pudo optar la quejosa por enderezar el amparo directamente contra su acto, ya que se trata de un órgano público, que resolvió por sí y ante sí en definitiva, independientemente de que en el fondo del juicio se estudien las cuestiones relativas a su competencia o falta de competencia, para dictar el tipo de resolución que dictó. Y en estos casos, bien puede estimarse que la primera autoridad mencionada actuó como autoridad, para los efectos de artículo 1o., fracción I, de la Ley de Amparo, aunque haya actuado sin competencia. En relación con la cuestión examinada, debe considerarse que el juicio de amparo debe aplicarse como un remedio práctico y de fácil manejo, establecido por la Constitución Federal para la protección de las garantías de los gobernados frente a los gobernantes, y no como un remedio lleno de tecnicismos que lo haga funcionar como laberinto procesal y obstaculice la defensa de las garantías individuales de los gobernados.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/255506-a8307e72/dictamenes-procedencia-del-amparo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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