PETICION, DERECHO DE, Y NEGATIVA FICTA. OPCION PARA LOS PARTICULARES.
El particular que no obtiene una contestación congruente a una instancia ante las autoridades fiscales, tiene opción de reclamar en la vía de amparo la violación al artículo 8o. constitucional o transcurrido el término que señala actualmente el artículo 92 del Código Fiscal, demandar de la autoridad fiscal la nulidad de la resolución negativa que se configura, para que el Tribunal Fiscal de la Federación resuelva sobre su pretensión, dando la oportunidad a aquella autoridad de sostener la validez de la negativa que se ha configurado.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/255723-bedacdd1/peticion-derecho-de-y-negativa-ficta-opcion-para · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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