PRUEBAS, VALORACION DE LAS.
Por virtud del principio de adquisición, una de las partes puede aprovecharse de las pruebas de su contraria si éstas le resultaren favorables. En consecuencia, los tribunales obreros deben examinar si en realidad tienen o no el valor probatorio que se pretende, y si no lo hacen así, violan garantías individuales.
TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/256034-3dc51a44/pruebas-valoracion-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo T-467/72. Moto Islo, S.A. 27 de enero de 1973. Ponente: Rafael Pérez Miravete.
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