MULTAS, CUANTIFICACION DE LAS. ARTICULO 212 DEL CODIGO FISCAL ANTERIOR.
Si bien el artículo 212, fracción II, del Código Fiscal anterior, establecía un límite superior a la multa aplicable por cada infracción, es claro que se trata de una norma general, que no deroga las normas especiales, que en casos específicos señalan un monto proporcionado, en su límite superior, a la cantidad del impuesto omitido. Entenderlo de otra manera, sería alentar las infracciones cuantiosas, muy superiores al máximo señalado en el precepto a comento.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/256396-8d6c8aff/multas-cuantificacion-de-las-articulo-212-del-codigo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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