DEMANDA, DESISTIMIENTO DE LA, EN MATERIA CIVIL, CUANDO SE HA DECLARADO LA NULIDAD DE ACTUACIONES A PARTIR DEL EMPLAZAMIENTO.
Declarada la nulidad de lo actuado a partir de la diligencia de requerimiento, embargo y emplazamiento, la parte demandada deja de tener el derecho de otorgar su conformidad respecto al desistimiento de la demanda, promovido por la parte actora, y desaparece la posibilidad jurídica de pedir que se condene al demandante al pago de las costas, daños y perjuicios, toda vez que, por la apuntada nulidad, quedan destruidos los efectos legales que hubiesen podido originarse en dichas diligencias y demás subsecuentes, de donde resulta que, declarada la nulidad de actuaciones, a partir de la diligencia de emplazamiento, desaparece la relación procesal que hubiere podido existir entre las partes, lo que pone de manifiesto que, al formular la parte actora el desistimiento de la demanda, no hay, realmente, contraparte.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/257190-42e093fc/demanda-desistimiento-de-la-en-materia-civil-cuando · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- DEMANDA. SU DESISTIMIENTO CUANDO SE HA DECLARADO LA NULIDAD DE ACTUACIONES A PARTIR DEL EMPLAZAMIENTO.- (904)
- DEMANDA. SU DESISTIMIENTO CUANDO SE HA DECLARADO LA NULIDAD DE ACTUACIONES A PARTIR DEL EMPLAZAMIENTO. (I.8o.C.59 C )
- EMPLAZAMIENTO, INCIDENTE DE NULIDAD EN CONTRA DEL. (s/clave)
- DESISTIMIENTO DE LA DEMANDA LABORAL FORMULADO POR EL APODERADO DEL TRABAJADOR. PARA QUE SURTA EFECTOS LEGALES ES NECESARIA SU RATIFICACIÓN. (III.1o.T.7 L (10a.))
- DESISTIMIENTO DE LA INSTANCIA. CUANDO SE PRESENTA DESPUÉS DE QUE EL EMPLAZAMIENTO ES DECLARADO NULO, SU VALIDEZ REQUIERE EL CONSENTIMIENTO DEL DEMANDADO QUE COMPARECIÓ AL JUICIO. (1a./J. 9/2009)
- DESISTIMIENTO DE LA INSTANCIA. CUANDO SE PRESENTA DESPUÉS DE QUE EL EMPLAZAMIENTO ES DECLARADO NULO, SU VALIDEZ REQUIERE EL CONSENTIMIENTO DEL DEMANDADO QUE COMPARECIÓ AL JUICIO [T (36 (H))
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis