DEFRAUDACION FISCAL, FACULTADES DE LA PROCURADURIA FISCAL DE LA FEDERACION EN MATERIA DE PERJUICIO O POSIBILIDAD DEL MISMO EN EL DELITO DE.
A la Secretaría de Hacienda y Crédito Público está reservada la facultad de declarar que el fisco ha sufrido o pudo sufrir perjuicio, para hacer procedente la acción penal tratándose de defraudación fiscal, de acuerdo con el artículo 274 del Código Fiscal de la Federación que entró en vigor en 1939; y en atención a la fracción XI del artículo 4o. de la Ley Orgánica de la Procuraduría Fiscal de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, tal declaración de perjuicio o de posibilidad de perjuicio corresponde a la Procuraduría Fiscal mencionada.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/258781-12aeaae8/defraudacion-fiscal-facultades-de-la-procuraduria-fiscal-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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