Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

COMPETENCIA. HECHOS DELICTUOSOS QUE SE EJECUTAN CONTRA EL DEPARTAMENTO DEL DISTRITO FEDERAL.

Clave: — · Registro digital (IUS): 258853 · Tipo: Tesis aislada
Época: 6a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen CXXI, Segunda Parte; Pág. 12

En el artículo 44 de la Constitución General de la República, se determina que el Distrito Federal se compondrá del territorio que actualmente tiene, y en el caso de que los poderes federales se trasladen a otro lugar, se erigirá en Estado del Valle de México, con los límites y extensión que le asigne el Congreso General. En la fracción VI, base primera, del artículo 73 de la misma Carta Magna, se previene que el Gobierno del Distrito Federal estará a cargo del presidente de la República, quien lo ejercerá por conducto del órgano u órganos que determine la ley respectiva. La Ley Orgánica del Departamento del Distrito Federal, reglamentaria de la base primera, fracción VI, del artículo 73 constitucional, establece, en su artículo 5o., que el presidente de la República tendrá a su cargo el Gobierno del Distrito Federal y lo ejercerá por conducto de un funcionario que se denominará jefe del Departamento del Distrito Federal, disponiendo en su artículo 2o. que la función legislativa, en el Distrito Federal, estará a cargo del Congreso de la Unión, en los términos de la fracción VI del artículo 73 constitucional, y determina en el artículo 3o. que el Poder Judicial del propio Distrito Federal se regirá por su ley orgánica. En consecuencia, el Distrito Federal queda asimilado en cuanto a su régimen interior, a las entidades que integran la Federación, constituyendo una entidad distinta de la propia Federación. Consiguientemente, en la fracción III del artículo 23 de la Ley Orgánica del Departamento del Distrito Federal, se establece que compete al propio departamento, en materia hacendaria, la realización de las funciones que se enumeran en la referida fracción, entre las que figura la de ejercer el presupuesto de egresos debidamente aprobado por la Cámara de Diputados, en los términos de la Ley Orgánica del Presupuesto de la Federación y de su reglamento. Así, pues, el Distrito Federal tiene su hacienda pública propia y separada totalmente de la hacienda pública federal; y, por tanto, los hechos delictuosos que se ejecuten contra el Departamento del Distrito Federal, tanto por parte de los empleados a su servicio, como por personas particulares, deben ser considerados como delitos del orden común, por no quedar incluidos en la enumeración relativa que de los delitos federales se hace en la fracción I del artículo 41 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/258853-3209bc68/competencia-hechos-delictuosos-que-se-ejecutan-contra-el · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 6723/61. Juan Galicia González. 13 de julio de 1967. Cinco votos. Ponente: Mario G. Rebolledo Fernández.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis