DEPARTAMENTO DEL DISTRITO FEDERAL, DELITOS COMETIDOS EN CONTRA DEL. COMPETENCIA.
El Distrito Federal, al igual que las demás entidades, tiene su patrimonio y su hacienda pública propia y separada totalmente de la hacienda pública federal y, por tanto, los hechos delictuosos que se ejecuten contra el Departamento del Distrito Federal, tanto por parte de sus empleados, como por particulares, deben ser considerados como delitos del orden común, por no quedar incluidos en la enumeración que de los delitos federales se hace en la fracción I del artículo 41 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. En consecuencia, en el fuero común radica la competencia para conocer de los hechos delictuosos que puedan cometerse en perjuicio del Departamento del Distrito Federal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/257669-373e05c5/departamento-del-distrito-federal-delitos-cometidos-en-contra · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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