RESISTENCIA DE PARTICULARES, DELITO DE.
Se configura el delito de resistencia de particulares, cuando a raíz de cometer los hechos punibles, el inculpado se opone a ser detenido por la policía, no importando que no hubiere tenido una orden judicial de aprehensión, por ser de todas suertes su actuación legítima y obligada como guardián del orden público, lo cual constitucionalmente es permitido, en el caso en que una persona sea sorprendida en flagrante delito y denunciada a la policía, que en el acto mismo se hace presente para imponer el orden y someter al perturbador delincuente.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/259004-6d4b67ca/resistencia-de-particulares-delito-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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