PENA, AGRAVACION DE LA, IMPROCEDENTE.
Para variar la situación jurídica de un acusado, en su perjuicio, debe existir inconformidad expresa del Ministerio Público, y si la alzada se tramita por el inculpado, es evidente que el ad quem está impedido legalmente para agravar la pena.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/259619-789f3135/pena-agravacion-de-la-improcedente · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 284/63. Andrés Sánchez Suárez. 17 de febrero de 1964. Cinco votos. Ponente: Alberto González Blanco.
Amparo directo 282/63. Raymundo Delgadillo Ruiz. 17 de febrero de 1964. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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