PRUEBA INDICIARIA INSUFICIENTE.
La sentencia condenatoria debe tener como base la certeza del hecho y de la participación del acusado, y si el cuadro procesal está formado en relación con la responsabilidad por indicios equívocos, lo más que puede afirmarse es que existe probabilidad, pero no certeza, de la participación y, en consecuencia, no hay base legal para dictar un fallo condenatorio.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/259679-9b25499a/prueba-indiciaria-insuficiente · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 2974/63. Agustín Nava Ramírez. 14 de enero de 1964. Cinco votos. Ponente: Juan José González Bustamante.
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