JURISPRUDENCIA, APLICACION RETROACTIVA DE LA.
La jurisprudencia es la interpretación de la voluntad de la ley y no crea una norma nueva, sino que fija únicamente el contenido y alcance de una ya existente; de ahí que si estaba en vigor en la época de ejecución de la conducta la norma que interpreta la jurisprudencia y con base en la interpretación hecha por la Suprema Corte se aplica una pena al quejoso, no puede considerarse que se esté aplicando en perjuicio suyo la ley, puesto que ella existía en la fecha de comisión del delito. La jurisprudencia cambia o se modifica y es la ley la que no debe aplicarse retroactivamente.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/259866-45c7307b/jurisprudencia-aplicacion-retroactiva-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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