PENA, INDIVIDUALIZACION DE LA.
No es violatorio de garantías el fallo dictado por la responsable si al individualizar la pena tuvo en cuenta las circunstancias exteriores de ejecución y las peculiares del delincuente, la naturaleza del delito y los medios empleados para ejecutarlos, la gravedad del daño causado, la edad, la educación y conducta anterior del inculpado, así como los motivos que lo determinaron a delinquir.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/260161-99a0a203/pena-individualizacion-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 2276/62. Héctor Ramírez de la Fuente. 8 de agosto de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Angel González de la Vega.
Amparo directo 3149/61. Erasmo Robles Espinosa. 8 de agosto de 1962. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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