PENA, INDIVIDUALIZACION DE LA.
El juzgador no viola garantías en perjuicio del acusado, si al adecuar las sanciones toma en cuenta las circunstancias externas del delito y las peculiares del delincuente en función del daño causado y riesgo corrido por el agente activo del delito y no traspasa los márgenes establecidos por la ley.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/260433-1de5dbbe/pena-individualizacion-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 6930/61. Mauro Zambrano Toribio. 8 de marzo de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Alberto R. Vela.
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