ENERVANTES, DELITO DE POSESION DE.
El artículo 194, fracciones I y II del Código Penal Federal reprime penalmente la tenencia ilegal de drogas enervantes, ya que constituye un acto de peligro que agota el delito contra la salud y no distingue en cuanto a que quien posee la droga enervante o realiza cualquier acto de tráfico por el hecho de que sea toxicómano no exonere de culpabilidad, más aún atendiendo a la circunstancia de que la cantidad de yerba enervante (2.250 kilogramos), es excesiva para el consumo de una persona afecta a fumarla.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/260524-044fe801/enervantes-delito-de-posesion-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 6665/60. Francisco Villarreal Figueroa. 10 de enero de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.
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