CUERPO DEL DELITO, COMPROBACION.
Es bien sabido que el cuerpo del delito no es sino la fase externa de la conducta delictiva y que lo que se trata de dejar plenamente comprobado es que tuvo lugar el hecho en su aspecto material, independientemente del proceso interno del agente; lo que se requiere es la prueba plena del hecho y a la prueba plena se puede llegar por diversos caminos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/260593-36e95cff/cuerpo-del-delito-comprobacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 1733/60. Roberto Vega Azocar. 8 de noviembre de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.
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