Corpus
Modo: Corpus Pro

MIEDO Y TEMOR, DIFERENCIA.

Clave: — · Registro digital (IUS): 260627 · Tipo: Tesis aislada
Época: 6a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 6a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Volumen LIII, Segunda Parte; Pág. 44

Para que el temor opere como causa excluyente de responsabilidad necesita ser racionalmente fundado y no provenir de la apreciación imaginaria de una causa. El miedo produce una perturbación angustiosa del ánimo, que, como estado patológico implica cierta permanencia, en tanto que el temor mantiene como nota específica cierta transitoriedad porque deriva de una amenaza concreta que es su causa generadora.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/260627-0031e859/miedo-y-temor-diferencia · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 8110/60. Margarito Zermeño Sotelo. 14 de noviembre de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Alberto R. Vela.

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