ECONOMIA, DELITO CONTRA LA.
En lo que se refiere al delito contra la economía que define la fracción III del artículo 254 del Código Penal, es incuestionable que el paro ilegal ferrocarrilero constituyó una causa de trastorno económico, que repercutió en el encarecimiento de los artículos de primera necesidad, de donde se sigue que se produjo necesaria e indiscutiblemente trastornos en el mercado interior, con relación a las mercancías o bienes fungibles para los cuales era de absoluta necesidad que estuviese al corriente el servicio de transporte que proporciona el ferrocarril.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/261081-747c5f1c/economia-delito-contra-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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