IMPRUDENCIA.
El hecho de guardar una pistola con cartucho en la recámara y sin seguro, configura el delito por imprudencia que consiste en no haber tomado las precauciones necesarias para evitar que el arma pudiera dispararse con un golpe imprevisto, lesionando a alguien. Y tal falta de precaución es más grave cuando el agente del delito, por ser miembro de la policía auxiliar, necesariamente conoce muy bien el funcionamiento de su arma y la facilidad con que se dispara no estando en el seguro.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/261679-21d3a803/imprudencia · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 2062/60. José Bojorges Víctores. 19 de julio de 1960. Cinco votos. Ponente: Angel González de la Vega.
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