CHEQUES SIN FONDOS.
Si el cheque que obra en autos no fue otorgado en garantía, sino en pago, asiste la razón a la responsable cuando en la sentencia que se reclama afirma que en autos quedó plenamente probado el delito cuya comisión se imputa al procesado.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/261817-7770d45f/cheques-sin-fondos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 252/60. Federico C. Bermúdez Encarnación. 26 de abril de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.
Véase Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Segunda Parte:
Volumen XXX, página 89, tesis de rubro "CHEQUES SIN FONDOS.".
Volumen XXIV, página 294, tesis de rubro "CHEQUES SIN FONDOS.".
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