LEGITIMA DEFENSA, EXCESO EN LA.
Para que exista exceso en la legítima defensa, es indispensable que aquélla se encuentre configurada, pero sin que hubiera habido necesidad racional del medio empleado en la defensa o si el daño que iba a causar el agresor fuera fácilmente reparable después, por otros medios legales.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/262890-db83eb9c/legitima-defensa-exceso-en-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 6478/58. Mateo Alejandro Iñiguez Ponce. 27 de abril de 1959. Cinco votos. Ponente: Juan José González Bustamante.
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