LEGITIMA DEFENSA, EXCESO EN LA.
Para que pueda considerarse el caso como exceso en la legítima defensa, es indispensable que exista una agresión y que se empleen medios desproporcionados de defensa, con relación a los daños causados y los que tratan de evitarse.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/304349-3b1830ad/legitima-defensa-exceso-en-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo penal directo 7900/45. Martínez Victorio. 4 de enero de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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