VIOLACION.
El delito de violación puede consumarse en persona de cualquier sexo y según expresa el tratadista Francisco González de la Vega en su "Código Penal Comentado", "la cópula es cualquier forma de ayuntamiento o conjunción sexual, con eyaculación o sin ella, cuando se ejecuta sin la voluntad del paciente del delito.".
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/263266-cef8ceef/violacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 269/58. Raúl Mejía González. 8 de diciembre de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Volumen XCIX, Segunda Parte, página 70, tesis de rubro "VIOLACION, COPULA COMO ELEMENTO DEL DELITO DE.".
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