ROBO, MONTO DEL.
No es óbice para tener por comprobado el cuerpo del delito de robo, el hecho de que no se hubiera emitido dictamen pericial para establecer el monto de lo robado, pues uno y otro de los grados de la instancia estaban en posibilidad de tenerlo por comprobado, atenta la circunstancia de que las confesiones del acusado están corroboradas con el dicho de testigos que se encontraban en el lugar en donde se perpetró el robo y son concordantes en cuanto a que, entre lo robado, se encontraba la cantidad que sirvió de base a la jurisdicción represiva para fijar las penas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/263568-5b0249b2/robo-monto-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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