LEGITIMA DEFENSA PUTATIVA.
No se integró la defensa putativa si las pruebas que obran en la causa no conducen siquiera a pensar en la posibilidad de que el reo se encuentra ante un error esencial e insuperable, invencible, que lo hubiera hecho creer que repelía una agresión, sino que todos los datos revelan que luchó materialmente, colocándose, por ello, en el campo de la ilicitud.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/263990-0fb7449c/legitima-defensa-putativa · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 933/57. Rafael García Silva. 10 de junio de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rodolfo Chávez S.
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