LEGITIMA DEFENSA.
La defensa legítima tiene lugar cuando el acusado repele una agresión actual, violenta, sin derecho y de la cual resulta un peligro inminente; y aun admitiendo que el ofendido fuese el autor de las lesiones que sufrió el reo, la agresión por parte de aquél había perdido actualidad, según el contenido de su preparatoria, en la que manifiesta haber disparado su escopeta contra el ofendido cuando éste le daba la espalda y pretendía huir.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/261763-e094b326/legitima-defensa · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 1726/60. Teodoro Mejía Hernández y coagraviados. 30 de junio de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Angel González de la Vega.
Jurisprudencia relacionada
- LEGITIMA DEFENSA. (s/clave)
- LEGITIMA DEFENSA. (s/clave)
- LEGITIMA DEFENSA. (s/clave)
- LEGITIMA DEFENSA. (s/clave)
- LEGITIMA DEFENSA. (s/clave)
- LEGITIMA DEFENSA. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis