VIOLACION.
Siendo la violación un delito que atenta contra la libertad y seguridad sexuales, la forma en que la víctima pueda oponer resistencia al yacimiento impuesto requiere facultad de defenderse para frustrar el ataque y es incuestionable que no habrá tal posibilidad si, por alguna circunstancia, la parte ofendida no puede resistir, por lo que, si la ofendida no pudo oponer resistencia al yacimiento, debido a la debilidad mental que presentaba, o sea, que si biológicamente podía ser púber, mentalmente tenía edad infantil, fue correcta la equiparación del acto consumado por el agente al delito de violación propio.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/264102-0b64b0cc/violacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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