MARCAS, FALSIFICACION DE.
Los tribunales competentes para conocer del delito de falsificación de marcas, son los federales y no los del orden común y, por otra parte, previamente a que la procuraduría general de la República ejercite la acción penal que proceda, debe hacerse la declaración administrativa por la secretaría de estado correspondiente, lo que significa que, sin tal requisito, no puede ejercitarse la acción penal.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/264179-050b4222/marcas-falsificacion-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 4940/57. J. Refugio Ramos Segura. 25 de abril de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rodolfo Chávez S.
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