GOLPES Y LESIONES, DELITOS DE.
La sola objetividad de daños psíquicos o físicos es objeto de tutela legal en los delitos de lesiones, en tanto que es el honor, la reputación o dignidad, el motivo de protección en los golpes o violencias físicas. De ahí que va contra la teleología legislativa que un sólo bien jurídico pueda ser defendido por dos normas ideológicamente irreductibles.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/264244-22ad24b7/golpes-y-lesiones-delitos-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 7216/57. J. Angel Ocampo Cerezo. 20 de marzo de 1958. Mayoría de tres votos. Disidentes: Rodolfo Chávez S. y Luis Chico Goerne. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.
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