ESTUPRO. CASTIDAD Y HONESTIDAD.
Para comprobar la reputación de castidad y honestidad de la ofendida es suficiente la declaración de dos testigos aptos, puesto que la ley no exige un medio específico diverso de comprobación.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/264323-2017e18d/estupro-castidad-y-honestidad · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 4149/57. Manuel Saucedo Ojeda. 8 de febrero de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.
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