PRUEBA PERICIAL (LESIONES).
El certificado emitido por dos facultativos que el juzgado designó como peritos y que fue debidamente ratificado, en nada se desvirtúa por la circunstancia de que los peritos médicos no se hayan hecho cargo de la curación del paciente.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/264619-9a844017/prueba-pericial-lesiones · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 5153/57. Rafael Mendoza Leal. 28 de noviembre de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Juan José González Bustamante.
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