PARTICIPACION DELICTUOSA.
Independientemente de que se acepte que el reo sólo hubiera hecho un disparo cuando el ofendido ya se encontraba sin vida, por su sola intervención directa en la realización del homicidio debe tenérsele como responsable de dicha infracción, de conformidad con las reglas de la participación.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/264797-852d71cd/participacion-delictuosa · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 2792/55. Carlos Ramiro y coagraviado. 13 de agosto de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Genaro Ruiz de Chávez.
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