INDUSTRIA Y COMERCIO, SECRETARIA DE. NO TIENE OBLIGACION DE ACUDIR A PERITOS EXTRAÑOS A ELLA.
La Secretaría de Industria y Comercio cuenta con sus propios expertos y está capacitada por esto para resolver una cuestión técnica sin necesidad de recurrir a peritos extraños, puesto que si bien es cierto que los peritos están reconocidos por la ley como elementos necesarios en la administración de la justicia, también lo es que su finalidad es la de ilustrar al juzgador sobre ciencias o artes que le son ajenas, para que pueda llegar al exacto conocimiento de la verdad. Por esto mismo, el alcance de esta prueba está limitado como limitada es la razón misma de su existencia; es decir, que si el juzgador o la autoridad administrativa competente tiene que resolver sobre una cuestión técnica que constituye la materia esencial de la función otorgada a la autoridad que por sus funciones es también técnica en la materia y cuenta con elementos de investigación idóneos y completos, humanos y materiales, para examinar y resolver por sí sola las cuestiones técnicas que se le planteen, es ilógico, por carecer de objeto, que se le obligue a aceptar y tomar en cuenta la opinión de extraños, así sean también peritos en la materia o con el propósito de mera ilustración.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/265460-28c6d172/industria-y-comercio-secretaria-de-no-tiene-obligacion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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