ALGODON EN RAMA, OBJETO DEL IMPUESTO SOBRE DESPEPITE DE.
El objeto del impuesto es el despepite de algodón en rama y la carga fiscal se causa a razón del 18 al millar sobre el monto del precio del algodón cuando ya queda despepitado, es decir, que el impuesto de referencia se causa sobre el algodón que las autoridades estimen debió despepitarse, porque ni la ley del impuesto sobre despepite de algodón en rama, ni su reglamento, las autorizan a fijar en forma estimativa el porcentaje de rendimiento de algodón en pluma que, como mínimo, deben tener los contribuyentes, y menos aún señalan que dicho rendimiento de algodón despepitado, deba ser de un 34%.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/266011-7c4ce0dd/algodon-en-rama-objeto-del-impuesto-sobre-despepite · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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