IMPUESTO SOBRE LA RENTA, GANANCIAS DISTRIBUIBLES.
Es ilegal la resolución de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, que impuso la obligación, a la sociedad actora, de que al reducir su capital social incluya dentro de las cantidades que se van a retirar, la parte de ese capital que se encuentra sujeto al impuesto de cédula VI (utilidades distribuibles, antes dividendos), porque la causante, usando de un derecho que emana de su libertad de acción, bien puede escoger las cantidades de retiro de la parte libre del gravamen o de la parte afectada con el impuesto, según a ella le convenga o lo desee, ya que no existe disposición alguna que se lo prohiba; sin que sea bastante para coartar el orden que prefiera seguir lo dispuesto por el artículo 139 de la ley de la materia.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/267029-53d631ba/impuesto-sobre-la-renta-ganancias-distribuibles · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- GANANCIAS DISTRIBUIBLES, IMPUESTO SOBRE LAS, ES CONSTITUCIONAL. (s/clave)
- IMPUESTO SOBRE LA RENTA. DIVIDENDOS. REINTEGRO DE CAPITAL PERDIDO. (s/clave)
- IMPUESTO SOBRE LA RENTA. DEDUCCIONES PARA EL EFECTO DE DETERMINAR LA GANANCIA DISTRIBUIBLE. (s/clave)
- DIVIDENDOS, CONSULTA FISCAL RESPECTO AL PAGO DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA EN CASO DE. (s/clave)
- IMPUESTO SOBRE LA RENTA, DEDUCCIONES AL (SUELDOS PAGADOS A SOCIOS). (s/clave)
- DIVIDENDOS (IMPUESTO DEL 8% EN CEDULA II). (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis