PRESTACION DE SERVICIOS. CARACTER MERCANTIL DEL CONTRATO.
Tomando en consideración lo expuesto por los artículos 1o. y 6o. de la Ley Federal de Impuestos sobre Ingresos Mercantiles, se puede inferir que una persona sí queda involucrada en sus actividades en lo que disponen dichos preceptos, pues se debe admitir que el contrato en virtud del cual dicha persona se obliga a guardar y custodiar por tiempo indefinido los vehículos que se le encomiendan y a devolverlos en el momento en que lo solicitan los propietarios, indudablemente que es un contrato de prestación de servicios de carácter mercantil porque a cambio de ese servicio recibe el pago convenido.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/267507-31a9538a/prestacion-de-servicios-caracter-mercantil-del-contrato · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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