PETICION, DERECHO DE.
El término que señala el artículo 8o. constitucional debe ser breve, y si el Juez de Distrito, al conceder el amparo, fijó a las responsables un plazo de diez días (además del tiempo transcurrido entre la fecha de la petición y la de su sentencia) para que las mismas dicten su contestación, con ello no violó aquel precepto, por haber transcurrido ampliamente el breve término.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/269071-9e195935/peticion-derecho-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo en revisión 1764/57. Armería "La Liebre", S. A. 2 de agosto de 1957. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Octavio Mendoza González.
Nota: En el Apéndice 1917-1985, página 349, la tesis aparece bajo el rubro "PETICION, DERECHO DE.".
Jurisprudencia relacionada
- PETICION, DERECHO DE. (s/clave)
- PETICION, DERECHO DE. "BREVE TERMINO". (s/clave)
- PETICION, DERECHO DE. INTERPRETACION. (s/clave)
- PETICION, DERECHO DE. (s/clave)
- PETICION, DERECHO DE. (s/clave)
- PETICION, DERECHO DE. OPORTUNIDAD DEL AMPARO. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis