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Modo: Corpus Pro

INGRESOS MERCANTILES POR VENTA DE DESPERDICIOS, IMPUESTOS SOBRE.

Clave: — · Registro digital (IUS): 269098 · Tipo: Tesis aislada
Época: 6a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 6a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen I, Tercera Parte; Pág. 46

En todo negocio existen mermas o pérdidas por desperdicios, que pueden ser vendidas para aminorar un poco esas mermas o pérdidas, y nadie discute que la venta de esos desperdicios sea un ingreso gravable, pero claro que el mismo lo debe ser en los términos de la Ley del Impuesto Federal sobre Ingresos Mercantiles, esto es, que si la parte actora está obligada a cubrir el mencionado impuesto sólo sobre el 50% de sus ingresos, es claro que lo que obtenga por concepto de venta de desperdicios debe ser gravado en igual forma.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/269098-3baf226b/ingresos-mercantiles-por-venta-de-desperdicios-impuestos-sobre · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Revisión fiscal 83/57. Conre, S. A. 29 de julio de 1957. Cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.

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