PATERNIDAD, INVESTIGACION DE LA.
La investigación de la paternidad que reconocían los Códigos de 1870 y 1884, estaba limitada a los casos de rapto o violación, cuando la fecha de comisión del delito coincidiera con la época de la concepción. Por lo tanto, se estimaba que aquel que raptó o violó, era el presunto padre y se admitía la investigación de la paternidad. El Código Civil vigente y los códigos de los Estados agregan otros casos además de los anteriores en que se puede hacer la investigación de la paternidad, tales como cuando se tiene la posesión de estado de hijo natural, el de concubinato, cuando el hijo haya sido concebido durante el tiempo que el pretendido padre vivía en concubinato con la madre y, por último, los casos en que haya un principio de prueba contra el pretendido padre.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/269383-5c0208ce/paternidad-investigacion-de-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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