ABANDONO DE HOGAR, INEXISTENCIA DEL.
Una vez abandonado el domicilio conyugal por uno de los cónyuges, no puede haber abandono del domicilio conyugal por parte del cónyuge abandonado, porque la misma lógica jurídica esta indicando que ese domicilio conyugal dejo de existir cuando uno de los cónyuges lo abandonó definitivamente.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/269845-c7e9b926/abandono-de-hogar-inexistencia-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 9622/64. Susana Margarita Pesquera de Colón. 13 de julio de 1966. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Mariano Azuela.
Sexta Epoca, Cuarta Parte:
Volumen XVI, página 86. Amparo directo 6357/57. Salvador Yépez Jordán. 23 de octubre de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Castro Estrada.
Nota: En el Volumen XVI, página 86, esta tesis aparece bajo el rubro "DOMICILIO CONYUGAL, INSUBSISTENCIA DEL.".
Jurisprudencia relacionada
- DOMICILIO CONYUGAL, ABANDONO DEL. (s/clave)
- DIVORCIO. ABANDONO DEL DOMICILIO CONYUGAL. (s/clave)
- ABANDONO DEL DOMICILIO CONYUGAL, INEXISTENCIA DEL. (s/clave)
- DOMICILIO CONYUGAL, ABANDONO DEL. (s/clave)
- HOGAR CONYUGAL, INEXISTENCIA DEL. (s/clave)
- ABANDONO DEL DOMICILIO CONYUGAL. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis