PRESCRIPCION POSITIVA. PUEDE HACERSE VALER COMO ACCION O EXCEPCION.
Es jurídicamente posible y procesalmente correcto hacer valer la prescripción positiva por vía de acción o de excepción, ya que la finalidad es la misma y los medios para conseguirla iguales, en cuanto a que en ambas hipótesis el interesado debe probar todos los elementos necesarios para la usucapión, como son los de que el interesado está poseyendo el inmueble en concepto de propietario, quieta, pública y pacíficamente, de buena o de mala fe y por el tiempo necesario para la prescripción.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/270293-251c3f67/prescripcion-positiva-puede-hacerse-valer-como-accion-o · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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