TESTIGOS DEPENDIENTES ECONOMICOS DE LA PARTE QUE LOS PRESENTA.
Aunque el testigo diga ser empleado del demandado y el artículo 1262, fracción IX, del Código de Comercio dispone que no pueden ser testigos las personas que viven a sueldo de quien los presenta, tratándose en el caso de una persona que presenció e intervino en la operación, su dicho debe tomarse en cuenta adminiculado a las demás pruebas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/271042-97869149/testigos-dependientes-economicos-de-la-parte-que-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 6732/59. Antonio Alvarez Aguilar. 28 de junio de 1961. Cinco votos. Ponente: Gabriel García Rojas.
Jurisprudencia relacionada
- TESTIGOS, TACHAS DE LOS. (s/clave)
- TESTIGOS EN MATERIA MERCANTIL, QUE FUERON EMPLEADOS DEL INTERESADO. (s/clave)
- TESTIGOS EN MATERIA MERCANTIL. (s/clave)
- TESTIGOS, INHABILIDAD DE LOS. (s/clave)
- TESTIGOS, TACHAS EN MATERIA MERCANTIL A LOS (EXCEPCION A LA REGLA GENERAL). (s/clave)
- TESTIGOS DEPENDIENTES ECONOMICAMENTE DE LA PARTE QUE LOS PRESENTA. (393)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis