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Modo: Corpus Pro

CHEQUES, COTEJO DE FIRMAS DE LOS. OBLIGACIONES DE LOS BANCOS.

Clave: — · Registro digital (IUS): 271310 · Tipo: Tesis aislada
Época: 6a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación
Localización: [TA]; 6a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Volumen XXXVIII, Cuarta Parte; Pág. 112

Los bancos deben emplear personas expertas en el cotejo de firmas de los documentos que se les presenten al cobro, porque están obligados a otorgar a sus depositantes un mínimo de garantías sobre los fondos que se les entreguen, por lo que precisa sostener que, bajo su responsabilidad, deben tener los conocimientos indispensables para que aun cuando no sean peritos grafóscopos, puedan advertir siquiera, las falsificaciones burdas de firmas.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/271310-da717bcd/cheques-cotejo-de-firmas-de-los-obligaciones-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 273/59. Banco Continental, S. A. 1 de agosto de 1960. Mayoría de tres votos. Disidentes: José Castro Estrada y Gabriel García Rojas. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.

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